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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) solicitó al Segundo Tribunal Ambiental aut…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) solicitó al Segundo Tribunal Ambiental autorizar una medida provisional de clausura temporal y parcial de las obras y actividades en los sitios 'Sector Botadero' y 'Sector Depósito de Seguridad' de la Fundición y Refinería Ventanas de CODELCO, por no contar con la respectiva Resolución de Calificación Ambiental (RCA). El Tribunal consideró que la falta de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) no es suficiente para autorizar la medida, ya que se requiere acreditar un riesgo de daño inminente al medio ambiente o a la salud. En el caso del Sector Botadero, no se acreditó el riesgo de lixiviación, y la clausura no impediría el daño. En el Depósito de Seguridad, no se adjuntaron antecedentes suficientes para evaluar el riesgo, y la medida no sería idónea para evitar la exposición a sustancias peligrosas. Además, se constató que no se estaban realizando actividades en el depósito, y la urgencia era inconsistente con el tiempo transcurrido desde la fiscalización. Por lo tanto, el Tribunal rechazó la solicitud de la SMA.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.