Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una presentación de una funcionaria del estamento técnico de un servicio de salud, quien pedía que, por sus años de desempeño, se le otorgara un diploma de técnico de nivel superior, y reclamaba además no haber sido promovida. El organismo resolvió desestimar la solicitud de título, porque el artículo 54 del DFL N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación atribuye a los centros de formación técnica y a los institutos profesionales la facultad de otorgar esos títulos, facultad que ni la Contraloría ni el servicio de salud poseen. Respecto de la falta de promoción, constató que la funcionaria había sido ascendida mediante la resolución N° 721, de 2015, conforme al procedimiento de acreditación de competencias del artículo 102 del DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, por lo que consideró superado ese reclamo.