Resumen del criterio jurisprudencial
Dictaminó que el sistema de intercambio de migrantes bajo la premisa de ingreso equilibrado entre ambas naciones no vulnera la reserva legal. La decisión clarifica que la administración de fronteras y la readmisión de ciudadanos de terceros países se ajustan a las potestades reglamentarias del Poder Ejecutivo. Asimismo, se descartó que las cláusulas del convenio requirieran una autorización previa por parte de la Asamblea Nacional para su plena eficacia.