Administrativo

Obligación de rendir caución del personal de la Dirección General del Crédito Prendario…

Resumen del criterio jurisprudencial

Obligación de rendir caución del personal de la Dirección General del Crédito Prendario debe expresarse en el acto de nombramiento, destinación o asignación de funciones, conforme a las labores que en razón del cargo desarrolla. Aclara el dictamen N° 56.697, de 2009, de este origen.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.