Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la posibilidad de que la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) se asocie con terceros para ejecutar actividades de exploración, explotación o beneficio de yacimientos petrolíferos. El órgano concluyó que la empresa pública está jurídicamente habilitada para ello, ya sea directamente, a través de una sociedad en que tenga participación o en asociación con terceros. Según el dictamen, en las dos últimas modalidades se requiere una concesión administrativa o un contrato especial de operación, con los requisitos que fije el Presidente de la República por decreto supremo. Con base en el artículo 19 de la Constitución, el decreto con fuerza de ley N° 1 de 1986 del Ministerio de Minería y el dictamen N° 3.454 de 2004, se resolvió que no existe inconveniente para que ENAP se asocie con terceros mediante contratos especiales de operación. Asimismo, se indicó que el proceso de Farm-Out podrá ser objeto de inspecciones de la Contraloría.