Resumen del criterio jurisprudencial
La Comunidad Indígena de Chusmiza Usmagama y Jaime Silva Romero dedujeron demanda de nulidad de derecho público contra las Resoluciones N°956, de 11 de diciembre de 1996, y N°38, de 21 de enero de 1997, de la Dirección General de Aguas, que resolvieron sobre la transformación de derechos de aprovechamiento de aguas no consuntivos en consuntivos a favor de Agua Mineral Chusmiza S.A.C.I., afectando la vertiente Chusmiza sobre la cual la comunidad indígena pretendía la regularización de derechos ancestrales. El Séptimo Juzgado Civil de Santiago acogió la demanda, pero la Corte de Apelaciones de Santiago la revocó, rechazándola en definitiva. La parte demandante dedujo recurso de casación en el fondo, denunciando que el procedimiento de transformación de derechos no se encuentra regulado en el Código de Aguas, excediendo la competencia de la Dirección General Aguas y vulnerando los artículos 6° y 7° de la Constitución. La Corte Suprema acogió el recurso de casación, concluyendo que el órgano administrativo no siguió la regularidad del procedimiento en la constitución de los derechos impugnados, infringiendo la Constitución y el Código de Aguas, afectando el interés de la comunidad indígena en litigio pendiente.