ConstitucionalRechaza

El imputado Juan Daniel Quezada Riveros fue formalizado por delitos de porte de arma co…

Resumen del criterio jurisprudencial

El imputado Juan Daniel Quezada Riveros fue formalizado por delitos de porte de arma cortante, amenazas simples y violación de morada, suspendiéndose la investigación conforme al art. 458 CPP por investigaciones vigentes y posible inimputabilidad. El Juzgado de Garantía de San Carlos decretó su prisión preventiva en Centro de Cumplimiento Penitenciario de Chillán. Un primer amparo (rol AMP-) fue rechazado por la Corte de Apelaciones de Chillán, pero la Corte Suprema (rol ) ordenó cumplir la medida en recinto especializado según su condición psiquiátrica. Pese a un examen que diagnosticó trastorno de personalidad antisocial sin cuadro agudo, la Corte de Apelaciones de Chillán mantuvo la internación en Gendarmería por resolución de 2 de septiembre (apelación PEN-). La defensa interpuso nuevo amparo ante la Corte de Apelaciones de Concepción solicitando dejar sin efecto dicha resolución y ordenar ingreso a recinto hospitalario. La Corte de Concepción rechazó el amparo al no advertir ilegalidad o arbitrariedad y considerar que la acción constituía una improcedente tercera instancia.

Amparo art. 21 Constitución Política

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.