Resumen
Tribunal declara inadmisible el reclamo interpuesto por extemporáneo. el reclamante aduce a la existencia de una rav que habría suspendido el plazo para reclamar. el servicio, argumenta que la presentación efectuada ante el servicio por el contribuyente no cumplía los requisitos para ser considerada rav y, producto de ello, no suspendió el plazo para deducir reclamación ante el tribunal. el tribunal pudo constatar que la presentación del contribuyente se presentó mediante correo electrónico, sin cumplir con la forma en que las instrucciones del servicio permiten hacer tales presentaciones. el tribunal observa que el servicio informó al contribuyente de inmediato, y con claridad, que su solicitud se tendría por no presentada y lo orientó respecto a las formas correctas para presentarlo. en consecuencia, no habiéndose presentado rav en tiempo y forma, y no operando la suspensión del plazo para reclamar, el reclamo fue declarado inadmisible por extemporaneidad. la parte reclamante interpuso apelación. la sentencia fue confirmada por la ilustrísima corte de apelaciones. la parte reclamante interpuso recurso de casación. la parte reclamante se desistió del recurso ante la excelentísima corte suprema.