Administrativo

El Instituto de Previsión Social puede dar de baja con enajenación los bienes muebles i…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Instituto de Previsión Social puede dar de baja con enajenación los bienes muebles institucionales en virtud de las normas de los decretos leyes Nos 1.939, de 1977, o 1.056, de 1975, según lo determine el anotado organismo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.