Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra de la Corporación Cultural de la Ilustre Municipalidad de Valdivia, ordenándose la entrega de estados financieros, balances contables y actas de directorio, en el período y con el detalle consultado. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública, respecto de la cual se desestimó la concurrencia de las causales de reserva de afectación al privilegio deliberativo y a los derechos de los terceros. Además, no constan antecedentes suficientes que acrediten que la respuesta extemporánea del órgano fue notificada al reclamante. Se rechaza el amparo respecto a la entrega de datos personales o sensibles de terceros, incluyendo especialmente los relativos a los estados o informes de salud física o mental vinculados a trabajadores, por concurrir la causal de reserva del artículo 21 N°2 de la Ley de Transparencia, en relación con lo previsto en la Ley N°19.628, y la atribución otorgada a este Consejo en el artículo 33 letra m) de la Ley de Transparencia.