Resumen
El tribunal tributario y aduanero de la araucanía no dió lugar al reclamo presentado por el contribuyente sociedad yissi y yissi ltda., representado por don fredy yissi saravia, en contra de la notificación de 22 de junio de 2013 por infracción sancionada por el artículo 97 n° 10 del código tributario, por no emitir boleta por consumos efectuados según comandas n° 513 y 518 de 22 de junio del mismo año. señala la reclamante que las comandas mencionadas por el funcionario corresponden a distintos días y que tampoco constituyen un parámetro efectivo de control, toda vez que el cliente puede pedir un consumo y luego cambiarlo, con distintos precios y otras características. consideró al respecto el tribunal que resultó demostrado en autos que las comandas y los vales de caja correspondían efectivamente a consumos del día 22 de junio de 2013, efectuados en horarios coincidentes con la fiscalización llevada a cabo por los funcionarios fiscalizadores del servicio de impuestos internos, y que no fueron respaldados con las correspondientes boletas de venta.