Resumen del criterio jurisprudencial
El solicitante Prakash Khialdas Thakur solicitó el registro de la marca mixta "VEDAS" para productos de la clase 3 del Clasificador Internacional de Niza. El Instituto Nacional de Propiedad Industrial rechazó de oficio la solicitud por considerar que existía riesgo de confusión con la marca previa "SPIRITUAL VEDA" de Importadora Vishv India Limitada, fundado en la causal de irregistrabilidad del artículo 20 letra h) de la Ley N° 19.039. El solicitante apeló y el Tribunal de Propiedad Industrial confirmó el rechazo. Contra esta sentencia, el solicitante interpuso recurso de casación en el fondo, denunciando infracción de los artículos 16 y 20 letra h) de la Ley N° 19.039, alegando que la prueba de uso no fue debidamente ponderada y que los signos eran diferentes. La Corte Suprema rechazó el recurso, considerando que los signos eran semejantes gráfica y fonéticamente, y que los antecedentes de uso no eran suficientes para enervar la causal de irregistrabilidad. La sentencia concluyó que no se configuraron los errores de derecho denunciados y que la decisión de los jueces del fondo era correcta desde la perspectiva del derecho marcario.