Resumen
El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por la Municipalidad de Pichidegua y la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Pichidegua en contra de la Resolución Exenta N° 202099101588, que desestimó la solicitud de invalidación de la Resolución Exenta N°. Dicha resolución había acreditado el inicio de ejecución del proyecto 'Concesión Ruta 66 – Camino de la Fruta', cuyo titular es el Ministerio de Obras Públicas. Los reclamantes alegaron falta de legitimación activa y caducidad de la potestad invalidatoria. El tribunal consideró que los reclamantes no lograron acreditar un interés legítimo en la invalidación, ya que la comuna de Pichidegua no forma parte del área de influencia del proyecto. Asimismo, se descartó la caducidad al constatarse que el proyecto inició su ejecución dentro del plazo legal. La sentencia concluyó que la resolución reclamada se ajustó a derecho, confirmando el rechazo de la invalidación. Un ministro disintió al estimar que los reclamantes sí tenían legitimación basada en una interpretación amplia del área de influencia.