Resumen del criterio jurisprudencial
Empresas de Servicios Transitorios no pueden poner a disposición de establecimientos educacionales a docentes, con la finalidad de que realicen labores de reemplazo.
Empresas de Servicios Transitorios no pueden poner a disposición de establecimientos educacionales a docentes, con la finalidad de que realicen labores de reemplazo.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.