Resumen del criterio jurisprudencial
La sociedad SERVICIOS SOSECORP S.A. interpuso una acción de impugnación contra la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar por la dictación del Decreto Alcaldicio N°11.482 y el Informe Técnico N°, que declararon inadmisibles las ofertas de una licitación pública y la dejaron desierta. La demandante alegó que la Comisión Evaluadora y la alcaldesa interpretaron arbitrariamente las bases al exigir un 'capital comprobado' en lugar de un 'saldo de cuenta bancaria' para acreditar el 5% de la oferta, alterando las reglas de la licitación ID 3929-79-LR24. Sostuvo que cumplió con presentar certificados bancarios de saldo suficiente, pero fue declarada inadmisible junto a otros cinco oferentes, lo que provocó la deserción del proceso y un nuevo llamado. La municipalidad defendió sus actos basándose en el informe técnico y el decreto que acogieron íntegramente la propuesta de la comisión evaluadora. El tribunal revisó las normas de la Ley de Bases de los Procedimientos Administrativos, de Compras Públicas y del Código de Procedimiento Civil. En sentencia de 31 de marzo de 2026, el juez titular Johans Darío Saravia Carreño, la jueza titular Jenny Turrys Nicólas y la jueza suplente Constanza Oyanguren Alviña rechazaron la acción de impugnación. Se condenó en costas a la demandante por resultar totalmente vencida, confirmando la legalidad de los actos impugnados.