Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Subsecretaría de Prevención del Delito, teniendo por entregada extemporáneamente, la información relativa a los documentos que acrediten los acuerdos y compromisos establecidos para la realización de obras del proyecto hidroeléctrico Central Rucalhue tras el atentado ocurrido en abril de 2025. Por otra parte, se ordena entregar copia de las actas de las instancias políticas que se sostuvieron en las comunas de Santa Bárbara, Alto Biobío y Quilaco sobre la materia consultada. Lo anterior, por cuanto se trata de información pública respecto de la cual no se acreditó su entrega, ni alegó alguna causal de reserva legal que justifique su denegación. En forma previa a su entrega, el órgano deberá tarjar los datos personales de contexto que pudieran contener los documentos, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia. Con todo, en el evento de que dicha información no obre en su poder, deberá informar de ello de modo circunstanciado, tanto a la reclamante como a esta Corporación.