Resumen del criterio jurisprudencial
El Segundo Tribunal Ambiental autorizó la renovación de la medida provisional de clausura temporal parcial del Relleno Sanitario Santa Marta, solicitada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). La medida se fundamenta en la necesidad de evitar un daño inminente al medio ambiente y a la salud de las personas debido a la inestabilidad del relleno. Previamente, el tribunal había autorizado medidas similares en varias ocasiones desde enero de 2016, siempre por períodos de 30 días. En esta oportunidad, la SMA solicitó la renovación considerando una nueva capacidad de la Celda 1 de 1.080.000 m³, basada en un informe de la Secretaría Regional Ministerial de Salud. El tribunal consideró que existía un escenario de riesgo o daño inminente y que la medida era proporcional a las infracciones imputadas. La autorización se concede por 30 días corridos desde la notificación, permitiendo operar solo en la zona de seguridad-Celda 1 hasta agotar el volumen autorizado.