Administrativo

Podrán acceder al trámite de ratificación de residencia temporal solo los extranjeros a…

Resumen del criterio jurisprudencial

Podrán acceder al trámite de ratificación de residencia temporal solo los extranjeros a quienes se les haya otorgado ese permiso, siempre que acompañen los documentos requeridos por el Servicio Nacional de Migraciones. Reconsidera, en lo pertinente, el dictamen N° E542346, de 2024.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.