Administrativo

Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, en su calidad de servicio público…

Resumen del criterio jurisprudencial

Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, en su calidad de servicio público integrante de la administración, debe establecer su propio consejo para la sociedad civil, de acuerdo con lo previsto en el artículo 74 de la ley N° 18.575.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.