Tributario

En relación a su nueva presentación, se puede informar a Ud. que en la medida que la…

Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2014

Resumen

En relación a su nueva presentación, se puede informar a Ud. que en la medida que la empresa, que tiene como giro informado ante este Servicio sólo el de leasing financiero, desarrolle además la actividad consistente en el otorgamiento de créditos de dinero a terceros, según éstas sean permitidas por la Ley, no se aprecia inconveniente alguno, salvo el mejor parecer de ese Ministerio, para que ellas sean calificadas como de carácter financiero para los efectos de lo dispuesto en el inciso final, del N° 1, del artículo 59 de la LIR, bajo la condición de que dicha situación se mantenga en el tiempo; perdiéndose por consiguiente dicha calidad, para los efectos de la citada norma legal, cuando en cualquier momento, desarrolle actividades ajenas a ese carácter. Finalmente, se hace

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a la Renta
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a la Renta

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.