Tributario

Finalmente, cabe hacer presente que la Excma.

Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2013

Resumen

Finalmente, cabe hacer presente que la Excma. Corte Suprema, en un fallo del año 2010, indicó expresamente que la interpretación del término "œremuneración" realizada por el Servicio de Impuestos Internos a propósito de la disposición contenida en el artículo 33 N° 1 letra b de la Ley de la Renta, es correcta por tratarse de una palabra cuyo sentido y alcance queda claramente manifestado en la normativa que regula la tributación interna, sentido que es distinto de la definición otorgada por el artículo 41 del Código del Trabajo. En consecuencia, sólo procede confirmar el criterio administrativo establecido por este Servicio sobre el concepto de remuneración a que se refiere la presentación. De acuerdo a lo expuesto, se informa que la interpretación efectuada por este Se

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a la Renta
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a la Renta

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