Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de un peticionario que pretendía reliquidar su pensión por haber servido en instituciones públicas. El organismo concluyó que no cumple el requisito de tres años ininterrumpidos de servicio en la Fuerza Aérea, y que las cotizaciones invocadas corresponden a un empleador del sector privado y no cumplen la exigencia de continuidad, por lo que no tiene derecho a la reliquidación. Respecto de la aplicación de la ley N° 10.986, indicó que la competencia corresponde a la Superintendencia de Pensiones. Asimismo, sobre los descuentos en la remuneración, resolvió que son procedentes, pues el trabajador no acreditó la jornada laboral en siete días sin marcaje, y sólo justificó tres, conforme al criterio de que los días no trabajados deben descontarse.