Resumen del criterio jurisprudencial
Una madre no residente en el país solicitó la inscripción de su hija menor en la lista de espera para trasplantes hepáticos del INCUCAI, cuestionando la inconstitucionalidad de la normativa que vedaba esta posibilidad por su condición de extranjera no residente permanente. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó el rechazo de primera instancia. El defensor público interpuso recurso ante la Corte Suprema. Durante el trámite, el estado de salud de la menor se agravó tras rechazar un trasplante de donante vivo, configurándose una excepción que permitía su inscripción según la reglamentación. La Corte Suprema concluyó que las circunstancias tornaron inoficioso el pronunciamiento, disponiendo la remisión de la causa al juzgado de origen. Finalmente, el INCUCAI inscribió a la paciente en la lista de espera como potencial receptora.