Seguridad social

El empleador tiene la atribución de disponer visitas domiciliarias al trabajador enferm…

Resumen del criterio jurisprudencial

El empleador tiene la atribución de disponer visitas domiciliarias al trabajador enfermo, las que puede realizar personalmente, o bien, encomendar que se efectúen por terceros. Estas visitas, que están destinadas a controlar el debido cumplimiento de una licencia médica, deben enmarcarse, a su vez, dentro de la obligación del empleador, en el ámbito de la relación laboral, de proteger la integridad física y psíquica de sus trabajadores, es decir, de garantizar el cumplimiento de los derechos fundamentales que emergen del contrato de trabajo y que son los límites a las potestades que el ordenamiento jurídico le reconoce a todo empleador, garantías fundamentales cuyo conocimiento y control escapan a la competencia de esta Superintendencia.

Licencias MédicasEmpleadorProcedimiento

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.