Resumen del criterio jurisprudencial
Dejó sin efecto la decisión del Juzgado de Letras del Trabajo y de la Corte de San Miguel que habían declarado caducada la acción de despido injustificado, al estimar que ésta no puede separarse de la demanda de reconocimiento de relación laboral y que, en tal contexto, corresponde aplicar el plazo de prescripción general de dos años.