Resumen
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la defensa de R.A.M.G. contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel que confirmó su condena por delitos de malversación de caudales públicos. El acusado fue condenado a cinco años de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales, multa de 15 UTM y otras penas, como autor de ocho delitos consumados de malversación de caudales públicos (art. 233 N°3 del Código Penal), dos delitos consumados (art. 233 N°2) y cómplice de un delito (art. 233 N°3), cometidos entre 1998 y 2000 en perjuicio de la Corporación Municipal de San Miguel. La defensa planteó dos capítulos de invalidación: primero, infracción a las leyes reguladoras de la prueba por no haberse acreditado la faz subjetiva; segundo, error al considerar al acusado como empleado público, pues la Corporación Municipal es una persona jurídica de derecho privado. La Corte desestimó ambos capítulos, señalando que el primer capítulo pretendía una nueva ponderación probatoria, ajena al recurso de casación, y que el artículo 260 del Código Penal permite atribuir la calidad de empleado público a los trabajadores de dicha corporación. En consecuencia, se rechazó el recurso.