Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Traiguén, referido a información relativa a los antecedentes que evidencien las razones por los cuales la propia reclamante no fue seleccionada en el concurso de Alta Dirección Pública que indica. Lo anterior, por corresponder a información personal de la solicitante, respecto de la cual no se advierte la configuración de alguna causal de reserva, considerando que el órgano no presentó sus descargos en esta sede.