En virtud de lo dispuesto por el inciso final de la norma prevista por el artículo 259…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2004
Resumen
En virtud de lo dispuesto por el inciso final de la norma prevista por el artículo 259 del Código del Trabajo, una vez disuelta una organización sindical, su patrimonio pasará a aquella organización sindical que señalen sus estatutos y en el evento que se haya omitido tal mención, será el Presidente de la República quien determinará la organización sindical beneficiaria.
Normas citadas
Código del Trabajo
Artículo 259 del Código del Trabajo
Ley N° 19.069
Código Civil
Artículo 19 del Código Civil
Artículo 207 del Código del Trabajo
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