Resumen del criterio jurisprudencial
Ley N° 16.744. Enfermedad Profesional. En los cuadros de neumoconiosis, (que incluye el de silicosis), resulta procedente otorgar beneficios económicos a los afectados aún cuando los síntomas se manifiesten mucho tiempo después y pese a que hayan superado la edad máxima dispuesta por el artículo 53 de la Ley N°16.744, atendida la naturaleza de estas enfermedades profesionales, que tienden a desarrollarse de esta forma temporal.