Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Concepción conoce de dos recursos. El primero se refiere a una objeción documental en que el tribunal a quo rechazó la objeción basándose en el valor probatorio de los documentos, pero la Corte considera que ello es ajeno a lo planteado, por lo que deja sin efecto dicha resolución y ordena que el juez decida sobre el apercibimiento solicitado conforme al artículo 349 del CPC. El segundo recurso es una apelación contra la resolución que denegó la notificación por estado diario, la cual es confirmada. En consecuencia, se acoge parcialmente el recurso, dejando sin efecto la resolución sobre objeción documental y confirmando la resolución sobre notificación.