La Corte Suprema rechaza el recurso de protección deducido por H.V.E.S. en contra de la…
Sentencia · Corte Suprema · 2025
Resumen
La Corte Suprema rechaza el recurso de protección deducido por H.V.E.S. en contra de la Comisión Médica Central. La recurrente cuestionaba la negativa de entregar el acta de informe de evaluación por interconsultor y especialista, así como la falta de resolución de su dictamen de pensión de invalidez. El acto impugnado constituye un acto trámite emitido en el marco del proceso de reevaluación de pensión de invalidez que se encontraba en tramitación. La Corte estableció que la acción de protección no es procedente para impugnar actos intermedios o trámites administrativos que no determinen el término del procedimiento ni afecten de manera irreversible el ejercicio de derechos fundamentales. Se revocó la sentencia apelada de la Corte de Apelaciones de Valparaíso de fecha 10 de junio de 2025.
Normas citadas
Artículo 19, numeral 2, Constitución Política de la República
Artículo 11, Decreto Ley N° 3.500 de 1980
Artículo 4°, Decreto Ley N° 3.500 de 1980
Artículo 4°, inciso 2°, Decreto Ley N° 3.500 de 1980
acción de protecciónactos trámiteprocedimiento administrativopensión de invalidezreevaluaciónderechos fundamentalesComisión Médica Centraladmisibilidad
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