La Corte Constitucional conoce de una acción de tutela interpuesta por la Defensoría de…
Sentencia · 2023
Resumen
La Corte Constitucional conoce de una acción de tutela interpuesta por la Defensoría del Pueblo en representación de un menor de edad que reside en la vereda La Pradera y debe recorrer tres horas diarias para asistir a la institución educativa ubicada en la vereda La Cumbre, atravesando quebradas que aumentan su caudal en épocas de invierno. El menor alega vulneración de sus derechos a la educación, a la niñez y a la igualdad por parte de la Secretaría de Educación. La Corte acoge la tutela y ordena a la Secretaría de Educación adoptar medidas concretas para garantizar el acceso a la educación, incluyendo transporte escolar gratuito o alternativas tecnológicas accesibles. Se ordena además a la Defensoría del Pueblo realizar seguimiento al cumplimiento de la sentencia.
Normas citadas
Decreto 2591 de 1991
Circular Interna No. 10 de 2022 de la Presidencia de la Corte Constitucional
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