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El Tribunal Constitucional descartó que el artículo 171 del Código Tributario vulnere e…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Tribunal Constitucional descartó que el artículo 171 del Código Tributario vulnere el debido proceso al permitir notificaciones en el domicilio registrado por el contribuyente ante la autoridad fiscal.

El Tribunal Constitucional rechazó la inaplicabilidad contra los incisos primero y sexto del artículo 171 del Código Tributario.La sentencia consideró constitucional la notificación practicada en el domicilio registrado por el contribuyente ante la autoridad fiscal.Las eventuales irregularidades concretas de la diligencia deben ser resueltas por los tribunales ordinarios.La decisión alzó la suspensión del procedimiento ejecutivo tributario pendiente.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.