Resumen del criterio jurisprudencial
La Comunidad Indígena Aymara de Cancosa solicitó la regularización de siete derechos de aprovechamiento de aguas conforme al artículo 2° transitorio del Código de Aguas. La Corte de Apelaciones de Iquique confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la solicitud. El demandante interpuso recurso de casación en el fondo, alegando infracciones a normas procesales y sustantivas, incluyendo la protección especial de las aguas indígenas. La Corte Suprema estableció que los hechos fijados por los jueces del fondo son inamovibles, destacando que las aguas nacen, corren y mueren dentro de la Estancia Cancosa, propiedad de los opositores. El tribunal consideró que el solicitante no podía desconocer el dominio ajeno y que no se acreditaron los requisitos para la regularización. En consecuencia, rechazó el recurso con costas, confirmando la decisión impugnada.