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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos resolvió que las medidas laborales adoptadas po…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos resolvió que las medidas laborales adoptadas por San Marino contra trabajadores sanitarios que se negaron a vacunarse contra el Covid-19 se ajustan a derecho. El tribunal determinó que la vacunación no era obligatoria bajo la legislación impugnada y que las medidas adoptadas se basaron en situaciones individuales sin constituir sanciones encubiertas. Las medidas fueron consideradas justificadas y proporcionadas para proteger la salud y los derechos de terceros. El tribunal aplicó el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos relativo a la vida privada y familiar, reconociendo que la elección de vacunación está vinculada a la autonomía personal. San Marino no excedió su margen de apreciación en materia de política sanitaria.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.