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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos resolvió que las medidas laborales adoptadas po…

Sentencia · 2024

Resumen

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos resolvió que las medidas laborales adoptadas por San Marino contra trabajadores sanitarios que se negaron a vacunarse contra el Covid-19 se ajustan a derecho. El tribunal determinó que la vacunación no era obligatoria bajo la legislación impugnada y que las medidas adoptadas se basaron en situaciones individuales sin constituir sanciones encubiertas. Las medidas fueron consideradas justificadas y proporcionadas para proteger la salud y los derechos de terceros. El tribunal aplicó el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos relativo a la vida privada y familiar, reconociendo que la elección de vacunación está vinculada a la autonomía personal. San Marino no excedió su margen de apreciación en materia de política sanitaria.

Normas citadas

  • Artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (vida privada y familiar)
  • Artículo 34 del Convenio Europeo de Derechos Humanos
  • Artículo 36 § 1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos
  • Artículo 44 § 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos
  • Decreto Ley no. 107/2021 de San Marino
  • Decreto Ley no. 137/2022 de San Marino
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