Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación deducido por la Fundación Educacional Colegio de los Sagrados Corazones de Santiago contra la sentencia que negó lugar a dar curso a una gestión preparatoria de citación a confesar deuda. La fundación solicitaba citar a Carlos Alberto Porras Díaz para que confesara una deuda de $6.860.000 por servicios educacionales de sus dos hijos, pagadera en diez cuotas mensuales de $343.000 entre marzo y diciembre de 2023, que no fueron pagadas. Tanto el tribunal de primera instancia como la Corte de Apelaciones rechazaron la gestión por no cumplir los requisitos del artículo 435 del Código de Procedimiento Civil. La Corte Suprema confirma que los jueces del grado aplicaron correctamente la ley al exigir que exista certeza sobre la preexistencia de la obligación antes de preparar la vía ejecutiva.