Resumen del criterio jurisprudencial
El contribuyente Federación de Tenis de Chile, representado por el abogado José Hinzpeter González, presentó un reclamo tributario contra la Liquidación N° 428 emitida por la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente del Servicio de Impuestos Internos el 30 de agosto de 2013. El caso fue presentado ante el Primer Tribunal Tributario y Aduanero, pero la corte determinó que carecía de competencia para conocer el caso. Según el artículo 115 del Código Tributario y el artículo 3° de la Ley N° 20.322, la competencia corresponde al tribunal en cuyo territorio se encuentra la unidad del Servicio que emitió la liquidación, que en este caso es la Dirección Regional Metropolitana Santiago Oriente. Por lo tanto, el tribunal declaró su incompetencia y remitió el caso al Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago. La decisión se basó en las disposiciones legales citadas, estableciendo un criterio de competencia territorial.