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Pedro Guerrero Rivera, abogado, interpuso recurso de amparo en favor de Oswar Enrique P…

Resumen del criterio jurisprudencial

Pedro Guerrero Rivera, abogado, interpuso recurso de amparo en favor de Oswar Enrique Páez Méndez contra el Servicio Nacional de Migraciones por la Resolución Exenta N°33.598 del 16‑09‑2024, que archivó su solicitud de reconocimiento de condición de refugiado. El recurrente alegó que la notificación de la entrevista de elegibilidad nunca le llegó, vulnerando el debido proceso y el derecho a igualdad consagrados en la Constitución. El tribunal analizó la normativa aplicable, particularmente el artículo 43 de la Ley N°19.880 y el artículo 52 del Decreto N°837, y consideró que la falta de notificación no genera una amenaza concreta a la libertad personal del amparado. Además, constató que no existe orden de expulsión vigente contra el extranjero, por lo que el temor invocado es meramente eventual. En virtud de lo anterior y de la jurisprudencia de la Corte Suprema (Rol N°10.497‑2025), se declaró que el archivo de la solicitud no vulnera derechos constitucionales. Por consiguiente, el recurso de amparo fue rechazado.

Amparo art. 21 Constitución Política

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.