Resumen del criterio jurisprudencial
Proveedora de Productos Alimenticios Limitada (Provivac Ltda.) interpuso una acción de impugnación ante el Tribunal de Contratación Pública contra la Dirección de Logística de Carabineros de Chile, cuestionando una transacción celebrada con un tercero respecto del Contrato N°. El Tribunal de Contratación Pública declaró su incompetencia, señalando que la controversia ya había sido resuelta en otra causa y que el asunto correspondía a otras materias. Provivac dedujo recurso de reposición y apelación en subsidio ante la Corte de Apelaciones de Santiago. La Corte revocó la resolución apelada, determinando que el Tribunal de Contratación Pública sí es competente para conocer la acción. La Corte sostuvo que la acción impugnatoria no busca declarar el incumplimiento contractual ni una indemnización, sino atacar actos arbitrarios durante la ejecución del contrato, lo que cae dentro de la competencia del tribunal. Además, señaló que la transacción aprobada en otra causa no impide la impugnación de los actos derivados de ella, ya que no se configura la cosa juzgada en este ámbito.