Resumen del criterio jurisprudencial
El Banco del Estado de Chile interpuso una demanda ejecutiva en contra de Alejandro Andrés Jaramillo Almonacid para el cobro de un pagaré por 113,7 UF, más intereses y costas. El demandado opuso la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, alegando falta de requisitos del título ejecutivo por no haber sido autorizada su firma ante notario. El tribunal analizó la validez de la autorización notarial y concluyó que el notario dio fe del conocimiento o identidad del firmante, y que el deudor no desconoció su firma. Además, la obligación era líquida, exigible y constaba en un título ejecutivo no prescrito. En consecuencia, se rechazó la excepción y se ordenó continuar con la ejecución hasta el pago íntegro de la deuda, con costas.