Resumen
Un contribuyente reclama en contra de liquidaciones realizadas por el servicio de impuestos internos al no justificar inversiones por la suma de $171.500.000, correspondientes al año comercial 2012. indica que no se consideraron reinversiones y dineros provenientes de créditos de consumo, tarjetas de crédito, lineas de crédito y cuenta corriente. señala que en el impuesto global complementario no hubo renta percibida que permita ser gravada y por ultimo explica la naturaleza jurídica de las inversiones realizadas con kt financial group. el reclamado, por su parte, indica que no ha sido cuestionado la naturaleza fecha y cuantía de los montos, las liquidaciones se encuentran correctamente determinadas y que no puede quedar entregado a la voluntad de un contribuyente el decidir cuando las ganancias se entenderán percibidas para efectos tributarios. el tribunal resuelve dar en parto a lo solicitado por el contribuyente teniendo por justificados los fondos destinados a las inversiones liquidadas y dejar a firme las liquidaciones respecto de los ingresos por inversión en contratos derivados. apelado, la ilustrísima corte de apelaciones de la serena revocó el fallo en la parte que el tribunal había dado ha lugar, por cuanto, sii bien el contribuyente demostró ingresos suficientes para realizar las inversiones cuestionadas, lo relevante es demostrar el hecho económico de las sumas y que estas pagaron el impuesto correspondiente, se encuentran exentas o bien se trata de ingresos no constitutivos de renta. recurrido de casación ante la excelentísima corte suprema, este última lo rechaza por no haber error de derecho que influyera sustancialmente en lo dispositivo del fallo.