Resumen del criterio jurisprudencial
Recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Cristián Arán Madariaga respecto de la frase 'de caducidad' contenida en el artículo 453, N° 1, inciso cuarto, del Código del Trabajo. La gestión pendiente corresponde a una demanda laboral de tutela de derechos fundamentales y subsidiaria por despido injustificado presentada contra la Universidad Adolfo Ibáñez, radicada en el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, actualmente en conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago por recurso de apelación (Rol Laboral Cobranza-). La demandada opuso excepción de caducidad respecto de ambas acciones, la cual fue acogida por el Juzgado Laboral en audiencia preparatoria conforme al artículo 453, N°1, inciso cuarto del Código del Trabajo. El requirente argumentó que el tribunal debió aplicar previamente el artículo 447 del Código del Trabajo, que contempla la declaración de caducidad de oficio antes de admitir a tramitación la demanda, y que al no hacerlo operó la preclusión de la excepción de caducidad, vulnerándose el debido proceso del artículo 19 N°3 de la Constitución. El Tribunal Constitucional rechazó por unanimidad (10-0) el requerimiento, estableciendo que ambas normas (artículos 447 y 453 del Código del Trabajo) son compatibles y parten de supuestos diversos, y que la posibilidad de apelar garantiza el debido proceso del requirente.