Administrativo

Para obtener cuidados de salud en los organismos con los cuales la Dirección de Sanidad…

Resumen del criterio jurisprudencial

Para obtener cuidados de salud en los organismos con los cuales la Dirección de Sanidad de la Armada mantiene convenios, se requiere que la instalación sanitaria institucional no pueda otorgarlos y que se emita una orden de atención que los autorice.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.