Laboral

El padre tiene derecho a un permiso especial pagado otorgado por el empleador de 5 días…

Resumen del criterio jurisprudencial

El padre tiene derecho a un permiso especial pagado otorgado por el empleador de 5 días en caso de nacimiento de un hijo o más, el que podrá utilizar a su elección desde el momento del parto, y en este caso será de forma continua, excluyendo el descanso semanal, o distribuirlo dentro del primer mes desde la fecha del nacimiento. Este permiso también se otorga al padre que se encuentre en proceso de adopción, y se cuenta a partir de la notificación de la resolución que otorgue el cuidado personal o acoja la adopción del menor, en conformidad a las normas de Ley de Adopción.

De la protección a la maternidad y la paternidad y la conciliación de la vida personal, familiar y laboralPermiso Paterno

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.