Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento general de reclamación, resolvió no dar lugar al reclamo en contra de la liquidaciones n°s 155 y 156 de fecha 20/, fundado en que, conforme a los hechos establecidos en autos, la reclamante no logró acreditar el origen de fondos, destacando que el objeto de la prueba no se agota en la acreditación de la existencia de recursos, sino que se extiende a su procedencia, esto es, a la fuente jurídica o económica que los origina, en cuanto ello resulta determinante para establecer si dichas sumas se encuentran o no afectas a tributación. con fecha 02.05.2026 la secretaria abogada titular del tribunal tributario y aduanero certificó que la sentencia de fecha 30.03.2026 se encuentra firme y ejecutoriada.