Resumen del criterio jurisprudencial
Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de La Pintana, referido a la entrega de listado de aquellas sociedades o contribuyentes que no cuentan con patente municipal vigente. Lo anterior, por cuanto, si bien el listado reclamado no se refiere específicamente a contribuyentes morosos o deudores de patentes comerciales, ya que la no vigencia de éstas puede deberse a diversas razones -desde temas meramente administrativos, falta de factibilidad técnica, permisos previos pendientes y la morosidad de la misma-, no es menos cierto que la publicidad de la información reclamada proyecta una imagen de incumplimiento por parte del contribuyente que figure en el mencionado listado, afectando, sin lugar a dudas su prestigio comercial y financiero, y consecuentemente, en forma cierta, probable y específica los derechos comerciales y económicos, tanto de personas naturales como personas jurídicas y, además, en el caso de las personas naturales, su esfera de la vida privada, configurándose la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia.