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Cuando las rentas derivadas de las actividades personales de los artistas del espectácu…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2015

Resumen

Cuando las rentas derivadas de las actividades personales de los artistas del espectáculo, en esa calidad, se atribuyan no al propio artista, sino a otra persona, dichas rentas pueden someterse a imposición en el estado contratante en que se realicen las actividades del artista.

Normas citadas

  • Ley sobre Impuesto a la Renta
  • Código Tributario
  • Código de Procedimiento Civil
  • Código Civil
  • Circular N° 7, de 1989
  • Circular N° 7
  • Resolución Ex. N° 27, de 2009
  • Artículo 60 de la LIR

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