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El Pleno se dividió en cuatro votos por bando y, ante el empate, no alcanzó la mayoría…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Pleno se dividió en cuatro votos por bando y, ante el empate, no alcanzó la mayoría para declarar inconstitucional la norma que impide apelar el rechazo a objeciones de liquidación de alimentos.

El TC rechazó por empate de votos (4-4) la inaplicabilidad de la norma que impide apelar el rechazo a objeciones de liquidación de pensiones alimenticias.Al no lograrse la mayoría exigida para acoger un requerimiento de inaplicabilidad, la norma sigue aplicándose en la causa de cumplimiento de alimentos.El voto por rechazar avaló la restricción recursiva como razonable para evitar dilaciones en el pago de alimentos; el voto por acoger la consideró contraria al debido proceso.La decisión no condena en costas al requirente y ordena alzar la suspensión del procedimiento ante el Juzgado de Familia de Talcahuano.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.