Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Zapallar, ordenando entregar los antecedentes que se reclamados sobre el Plan Regulador Comunal. Lo anterior, por tratarse de información respecto de la cual no se alegó ni acreditó alguna causal de reserva que justifique su denegación, como tampoco se acreditó suficientemente la inexistencia de dichos antecedentes. En forma previa a su entrega, el órgano deberá tarjar los datos personales de contexto que pudieran contener los documentos, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia. Con todo, en el evento de que dichos antecedentes no obren en poder de la reclamada deberá informarlo expresa y fundadamente al solicitante y a este Consejo.