Resumen
Una funcionaria consultó a la Contraloría General de la República si un diploma de A.E.P., otorgado por la Fundación DUOC, le permitía acceder al grado 9 de la planta técnica de la Subsecretaría de Obras Públicas. El organismo recordó que el decreto con fuerza de ley N° 270, de 2009, del Ministerio de Obras Públicas, exige para ese cargo un título técnico de nivel superior otorgado por una institución de educación superior estatal o reconocida por el Estado. Citó además el artículo 54, letra a), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, que define ese título como el otorgado por un centro de formación técnica o un instituto profesional. Concluyó que el documento solo acredita la aprobación de un curso y que el propio diploma indica que es un diploma de competencia y no un título técnico de nivel superior, por lo que no sirve para postular a dicho cargo.